- Cumplimiento Obligatorio:
a).- Los Contadores Públicos dedicados
al ejercicio profesional independiente deberán cumplir
un mínimo de 55 puntos, con la siguiente integración:
1.- 30 puntos como mínimo de
capacitación recibida o impartida en el área de
su especialización.
2.- Los puntos restantes en cualesquiera
de las opciones que establece la Tabla de Puntuación,
incluyendo el área de su especialización.
b).- Los Contadores Públicos académicos
de tiempo completo e investigadores de medio tiempo o más
deberán cumplir un mínimo de 40 puntos, con la
siguiente integración:
1.- 10 puntos como mínimo
de capacitación recibida en el área de su especialización.
2.- Los puntos restantes en cualesquiera
de las opciones que establece la Tabla de Puntuación,
incluyendo el área de su especialización.
c).- Los Contadores Públicos, cuya
labor profesional la efectúan en el sector empresarial,
gubernamental, y otros, deberán cumplir con un mínimo
de 40 puntos, con la siguiente integración:
1.- 10 puntos como mínimo
de capacitación recibida o impartida en el área
de su especialización.
2.- Los puntos restantes en cualesquiera
de las opciones que establece la Tabla de Puntuación
incluyendo el área de su especialización.
- Cumplimiento para refrendar Certificación:
Los Contadores Públicos Certificados, que deseen
refrendar su Certificación sin la necesidad de presentar
el Examen Uniforme de Certificación, durante el período
de la vigencia de su Certificado, en lugar de aplicar lo dispuesto
en la fracción I de este artículo, deberán
cumplir, con la siguiente puntuación mínima:
a).- Los Contadores Públicos dedicados
al ejercicio profesional independiente deberán cumplir
un mínimo de 65 puntos, con la siguiente integración:
1.- 40 puntos como mínimo
de capacitación recibida o impartida en el área
de su especialización.
2.- Los puntos restantes en cualesquiera
de las opciones que establece la Tabla de Puntuación,
incluyendo el área de su especialización.
b).- Los Contadores Públicos académicos
de tiempo completo e investigadores de medio tiempo o más
deberán cumplir un mínimo de 50 puntos, con
la siguiente integración:
1.- 20 puntos como mínimo
de capacitación recibida en el área de su especialización.
2.- Los puntos restantes en cualesquiera
de las opciones que establece la Tabla de Puntuación,
incluyendo el área de su especialización.
c).- Los Contadores Públicos,
cuya labor profesional la efectúan en el sector empresarial,
gubernamental, y otros, deberán cumplir con un mínimo
de 50 puntos, con la siguiente integración:
1.- 20 puntos como mínimo
de capacitación recibida o impartida en el área
de su especialización.
2.- Los puntos restantes en cualesquiera
de las opciones que establece la Tabla de Puntuación,
incluyendo el área de su especialización.
|